Herencias y legados

Tipos de herederos, ventajas de hacerlo, qué es un testamento, cómo hacerlo, qué es, etc.

Tipos de herederos.

  1. En el caso de que no tenga herederos forzosos, puede nombrar a Fundación Alamedillas (CIF: G-86465580) heredero universal, entregándole todos sus bienes, derechos y/o acciones.
  2. En el caso de que quiera entregar sus bienes a más de una persona y/o institución, puede nombrar a Fundación Alamedillas coheredero, señalando en el testamento el porcentaje asignado a cada una de las partes.
  3. También puede donar un bien concreto a Fundación Alamedillas a través de un Puede ser una cantidad determinada de dinero, un porcentaje sobre el valor total del patrimonio, una propiedad inmobiliaria o bienes inmuebles (obras de arte, antigüedades…)

Ventajas de hacer testamento

  1. Hacer testamento le permite decidir cómo quiere administrar su patrimonio.
  2. Es la garantía que tiene de que cualquier deseo que tenga, como establecer un legado o donar algo específico a alguien, se va a cumplir.
  3. El testamento permite que se cumpla su voluntad de la forma más económica posible, ya que evita costear el correspondiente procedimiento de testamentaría.
  4. En definitiva, el testamento es el fiel reflejo de su voluntad y de sus deseos, y además, agiliza los trámites burocráticos a sus familiares.

Cómo hacer un Testamento (es fácil)

El ordenamiento jurídico recoge varias formas de hacer un testamento:

Abierto: De esta manera se expresan los deseos sobre el destino de sus bienes ante el notario, y si se desea él lo redactará acomodándolo a las prescripciones legales. Es un procedimiento secreto sobre el que el notario se compromete a no revelárselo a nadie, hasta la muerte del testador.

El testamento Abierto es la modalidad más recomendable, por ser la más segura y más cómoda además de ser la más utilizada.

Cerrado: El testador hace entrega al notario del testamento firmado en un sobre cerrado.

Ológrafo: Lo escribirá el testador a mano. Pero antes de cumplirse será necesario iniciar un procedimiento notarial para verificar su autenticidad.

¿Qué es un Testamento?

El Código Civil define el testamento como la declaración de voluntad escrita de una persona por la que dispone el destino de sus bienes y obligaciones, o parte de ellos, para después de su muerte.

Hacer testamento es un procedimiento sencillo y económico, con el que pueden agilizar los trámites administrativos a familiares y allegados. El testamento sirve además para ordenar sus deseos y tener la certeza que se perpetuarán cuando no esté.

¿Qué ocurre si no se hace testamento?

Como el fallecido no ha establecido quiénes son sus herederos, será la ley la que los nombre, siguiendo un orden de parentesco. En caso que no haya Herederos Forzosos y no se haya redactado testamento, la Ley designa como heredero al Estado, por tratarse de una herencia vacante.

¿Puedo modificar mi testamento?

Sí, el testamento se puede modificar tantas veces como se quiera. Simplemente realizando uno nuevo.

¿Quiénes son los herederos forzosos?

Son aquellos a los que la ley reconoce el derecho a heredar, al menos, una porción del patrimonio del fallecido, llamado legítima.

En primer lugar, los hijos y descendientes (tanto hijos como nietos); en segundo lugar, y a falta de descendientes, se considera herederos forzosos a los padres y ascendientes. La viuda o viudo heredarán en la forma que se establece en la Ley. Si no existen herederos forzosos, los herederos voluntarios pueden adquirir la totalidad de la herencia, y si concurren con los anteriores, podrán adquirir todo lo que exceda del tercio de legítima.

¿Qué es la legítima?

La legítima es la parte de la herencia de la que el testador no puede disponer libremente, aunque desee hacerlo, porque por ley la reserva a determinados herederos llamados forzosos.

¿Qué es un Legado?

Un testador en su testamento, además de nombrar heredero, es decir, designar la persona o personas que reciban la generalidad de los bienes y derechos, también puede dejar bienes o derechos determinados a una persona, física o jurídica.

Esos bienes pueden ser un bien (un inmueble, un coche, una obra de arte, joyas, etc.) o un derecho (una prestación, el cobro de una deuda, un porcentaje patrimonial, etc.).

Los legados tendrán un límite: no pueden perjudicar en ningún caso la legítima de los herederos forzosos. Además, deben otorgarse obligatoriamente mediante testamento e indicarse de forma expresa.

¿Hay entidades que estén exentas del Impuesto de Sucesiones?

La parte de la herencia que usted otorgase a la Fundación Alamedillas no se vería mermada por impuestos ya que al ser una persona jurídica no está sujeta al impuesto de sucesiones. Así mismo los ingresos derivados de las Herencias y legados están exentos en el impuesto de sociedades por ser una organización no lucrativa declarada de utilidad pública.

¿Cómo conoce Fundación Alamedillas que una persona ha testado a su favor?

  • El Notario que haya autorizado el testamento está obligado, en el momento que llegue a su conocimiento el fallecimiento del testador, a notificar de su nombramiento a las entidades no lucrativas que aparezcan en el mismo.
  • No obstante, el procedimiento normal es que el Albacea (si es que se ha designado albacea en el testamento) notifique del nombramiento a todos los beneficiarios ya que está obligado para cumplir así con la voluntad del causante.

• En el caso que no haya albacea, el resto de herederos han de comunicarse unos con otros y ponerse de acuerdo, ya que en el momento de hacer la partición de herencia todos los beneficiarios que aparecen en el testamento han de estar presentes, ya que de lo contrario no se podría hacer dicha partición.